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14 de Octubre de 2021 - 15:00
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Ourense dictó sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por B. B. T., ex trabajador municipal adscrito al grupo Democracia Ourensana, contra el decreto de 10 de septiembre de 2020 dictado por la Alcaldía que acordó su cese de la plantilla de personal como auxiliar político del Ayuntamiento de Ourense.
El juez concluye en su resolución que “en el presente caso, no se requiere para acordar el cese nada más que decisión de la autoridad que lo designó, lo cual es evidente que concurre en el presente caso, sin que sean precisa una motivación adicional, motivación (o falta de ella) que, por otra parte, es la misma que sirvió como base al nombramiento del actor y que en aquel momento, como es lógico, no cuestionó”.
Señala la sentencia que “por lo tanto, si se considera que el acto de cese es acorde a la normativa que lo regula, no solo puede hablarse de falta de motivación sino tampoco de fraude de ley o desviación de poder”.